¿Qué es el Convenio SOLAS?

Amigos lectores, siempre existirá el riesgo de que se produzcan siniestros en el mar, pero el hecho de estar  preparados para dichas eventualidades puede significar el punto medio entre la vida y la muerte.
La vida y el mismo sector marítimo es un sunto importante por ello existen personas y entidades encargadas de mantenernos al tanto de la importancia y brindarnos la ayuda necesaria para sobrellevar el caso. 

Como es de conocimiento público el hundimiento del Titanic considerado uno de los mayores siniestros marítimos  ocurrido en 1912, que sucumbió  con un total de 1513 personas dio lugar a la aplicación de normativas legales, acuerdos y convenios, tratados y leyes por parte de las Naciones Unidas.


El convenio SOLAS es una de estas herramientas que nunca pueden faltar en las embarcaciones de hoy en día.

Abarca todo lo relacionado con los dispositivos de salvamento y los procedimientos de abandono del buque. Su primera versión fue aprobada en 1914 cuando las naciones marítimas se reunieron para elaborar un reglamento internacional sobre seguridad de los buques tras la pérdida del Titanic dos años antes.

El Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar SOLAS, es el más importante de todos los tratados internacionales sobre la seguridad de los buques. El convenio actualmente vigente fue adoptado en noviembre de 1974 y entró en vigor en mayo de 1980.

Ha sido objeto de continuas enmiendas, bien mediante resoluciones aprobadas en las reuniones del Comité de Seguridad Marítima (MSC) de la OMI (Organización Marítima Internacional), o en conferencias de gobiernos contratantes. Una de estas enmiendas aprobada en mayo de 2014, ha sido la obligatoriedad a verificar el peso de todos los contenedores antes de ser embarcados a partir de Julio de 2016.

Con esta medida se pretende reducir los peligros en los buques portacontenedores derivados de las sobrecargas y de la incertidumbre que genera los errores en el peso de los contenedores embarcados en cuanto a la estabilidad y a los esfuerzos soportados por el buque, y que pueden traducirse en accidentes de gran impacto como el MSC Napoli en 2007 y el MOL Confort en2013.

CONVENIO SOLAS 1960

La Conferencia de Seguridad Marítima de 1960, a la que asistieron delegados de 55 países, 21 más que a la de 1948, fue la primera celebrada por la OMI. Si bien sólo habían transcurrido 12 años desde la aprobación del último Convenio SOLAS, el ritmo de la evolución técnica iba acelerándose, y el Convenio SOLAS 1960 fue objeto de numerosas mejoras en este sentido.

Igual que el anterior, el nuevo Convenio incorporaba disposiciones relativas a la supervisión, incluidas prescripciones para diversos reconocimientos y certificados de los buques de carga de arqueo bruto igual o superior a 300 toneladas dedicados a viajes internacionales y para que los Gobiernos investigaran siniestros cuando consideraran que ello podría contribuir a determinar los cambios necesarios en las reglas y facilitasen a la OMI la información pertinente.

Muchas medidas de seguridad que anteriormente habían sido aplicables solamente a los buques de pasaje se hicieron extensivas a los buques de carga, especialmente las relativas a la fuente de energía eléctrica y al alumbrado de emergencia, así como la prevención de incendios. Las prescripciones relativas a las radiocomunicaciones se revisaron de nuevo, y en el capítulo que trata de los dispositivos de salvamento se dispuso lo necesario para que los buques llevaran balsas salvavidas, las cuales se habían perfeccionado hasta tal punto que, en algunos casos, podían sustituir parcialmente a los botes salvavidas.


IMPLICACIONES

La modificación tiene lugar en el Capítulo VI, Parte A, Regla 2, sobre la información de la carga, e indica que la masa bruta deberá ser verificada (VGM) por el cargador, mediante alguno de los dos sistemas citados a continuación:
Opción 1: pesaje del contenedor lleno utilizando equipos de pesaje calibrados y certificados.
Opción 2: pesando todos los paquetes y componentes de la carga, junto al contenedor, mediante método aprobado por la Autoridad competente del Estado.
Por tanto, el embarcador debe asegurarse de que el peso bruto consta en la documentación de embarque, remitiéndosela al capitán con la suficiente antelación para preparar el plan de carga.
Sin esta declaración certificada, o su pesaje en la terminal, el contenedor no será cargado.


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